"Ignorar a los pobres es despreciar a Dios" Francisco

miércoles, 16 de noviembre de 2011

EL VALOR DEL TRABAJO

José Plaza Teva (*)

Al hilo de la crisis económica se oyen voces que insisten en la necesidad de una nueva reforma laboral, voces que se oyen en tono más elevado con ocasión de la convocatoria de elecciones generales. Se reclama un apoyo a "la empresa" y a la actividad empresarial y se incide en que es preciso flexibilizar la "salida" de los trabajadores de la empresa, atacando aquellos puntos de la normativa que según esas opiniones protegen al trabajador frente al despido, cuando no de forma directa se pide el abaratamiento del despido. También se reclama un "abaratamiento" de los costes laborales, haciendo hincapié en los costes de seguridad social y salariales, reclamando esfuerzos y renuncias a los trabajadores, según se dice, a cambio de mantener el empleo.

Ante estas voces es preciso, en primer lugar, llamar la atención acerca de un hecho que no debe pasar desapercibido: no nos encontramos ante una crisis producida por la regulación laboral, sino que el origen de la crisis es financiera, por unas prácticas especulativas incontroladas que se siguen produciendo y que han dado lugar a una restricción del crédito derivada del colapso del sistema financiero, que provoca, además, una caída del consumo y una reducción de las inversiones públicas pues la Administración ha de destinar gran cantidad de fondos para paliar la crisis bancaria, a la vez que ha de reducir el déficit público en un momento en el que la financiación de éste se hace cada vez más costosa por la especulación de los llamados "mercados".


Con una regulación laboral más rígida que la que ahora tenemos, tras la última reforma, hemos vivido épocas de expansión económica (1996-2007), en las que se llegó a hablar de que España viajaba hacia el pleno empleo. No es creible que se diga ahora que es esta regulación la que ha provocado la crisis, cuando observamos que la crisis afecta a multitud de estados, con regulaciones laborales muy diferentes.

En segundo lugar, se hace necesario romper un mito: en España el despido es muy barato; no es cierto que haya necesidad de abaratar el despido, a no ser que lo que queramos es ir a un despido libre y gratuito. Una reflexión: ¿quién puede decir que existe rigidez en un mercado laboral que es capaz de elevar su tasa de desempleo del 10% al 20% en escasamente tres años de crisis?

En España, el 98 % de las empresas tienen menos de 25 trabajadores. Éstas pueden, y ya podían antes de la reforma laboral operada por el RDL 10/2.010, despedir a sus trabajadores a través de la alegación de causas objetivas, es decir, económicas, técnicas, organizativas o productivas, con un coste de 12 días por año de servicio, pues el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL abona en estos casos 8 días por año. A partir de la citada norma se generaliza el contrato de trabajo fijo cuya indemnización en caso de despido objetivo, de 20 días por año, es "copagada", a razón de 12 días por el empresario y los indicados 8 por el FOGASA; por tanto, se paga una parte con recursos públicos.

A esto se une el hecho de que se ha ampliado enormemente, a través de dicha reforma laboral, la posibilidad de alegar causas objetivas: la simple existencia de pérdidas se configura como causa automática de despido por causas económicas; y se justifica el despido por causas técnicas, organizativas o productivas cuando el mismo consiga una "mejora" de la empresa, aunque ésta ni siquiera tenga pérdidas. Y lo que es más grave: se introduce el "despido preventivo": se admite el despido objetivo, aunque la empresa no tenga ningún problema real, basta que el empresario invoque que el despido puede servir para evitar problemas futuros. También se prevé el despido objetivo por absentismo.

Ni que decir tiene que nuestro ordenamiento jurídico laboral contempla, como no podía ser de otra manera, el despido disciplinario procedente, que extingue el contrato de trabajo sin derecho a indemnización alguna.

Lo que me parece injustificable es que se reclame el abaratamiento del despido cuando el empresario no tiene motivo alguno para despedir; es decir, cuando lo único que concurre es la simple voluntad de deshacerse de un trabajador por razones personales o por razones de coste, para sustituir ciertos trabajadores por otros más baratos. El despido sin causa se ha de indemnizar a razón de 45 días por año, pero el mantenimiento de este importe indemnizatorio ha de contemplarse como un límite a la arbitrariedad y como una garantía, precisamente, de la estabilidad en el empleo, desde una perspectiva de un derecho del trabajo más humano, pues no hay que perder de vista que el trabajo es un derecho reconocido como tal por la Constitución.

No son necesarias nuevas reformas laborales

Aquellas voces de las que hablaba al principio plantean nuevas reformas laborales en clave de seria regresión de los derechos de los trabajadores que, en el fondo, no significa otra cosa que un trasvase de rentas de trabajo a beneficio empresarial. ¿Sabe usted que los empresarios declaran por término medio unos ingresos de 900 € mensuales? Resulta que son los auténticos mileuristas. Sus empleados ganan más que ellos, por lo menos pagan muchos más impuestos.

"Hay que trabajar más y ganar menos", nos dijo Díaz Ferrán. Rosell y su segundo, Arturo Fernández, exigen "la no satanización de la salida laboral" porque "cuanto más fácil sea la salida, más fácil será la entrada y la creación de empleo". El otro día, en televisión, un empresario manifestaba a Jordi Évole que "el rico crea riqueza y trabajo porque necesita que alguien limpie el casco de su yate". La CEOE acaba de presentar su programa económico de cara a las elecciones del 20N, que de llevarse a cabo nos retrotraería al sigo XIX: puro neoliberalismo, utilizando la crisis como argumento.

Sufrimos un mercado de trabajo caracterizado por una elevadísima tasa de desempleo y temporalidad, en la que una buena parte de los empleos fijos no se cubren con contratos fijos, sino mediante la rotación de contratos temporales, con la consiguiente rotación de trabajadores para el mismo puesto, lo que hace que se fomente la desvinculación con la empresa, no se invierta en formación, se crean trabajadores precarios, sin confianza en el futuro, incapaces de comprometer gasto que reactive la economía y se recarga el coste de la protección social, con continuas rotaciones en la percepción de prestaciones por desempleo.

Y, como antes he razonado, no es el coste de "salida" lo que provoca esta situación, pues, al contrario de lo que ha pasado en países como en Alemania, donde apenas se ha incrementado el desempleo por efecto de la crisis económica, con tasas que han permanecido en torno al 8,5 %; la crisis en España se ha saldado con un desproporcionado incremento de las tasas de desempleo, lo que pone de manifiesto la facilidad de "salida" del trabajador de la empresa, en detrimento de la adopción de medidas por parte del empresario, de adaptación y conservación del empleo, medidas que con profusión contempla nuestra normativa laboral y que si fueron adoptadas en Alemania.

Tampoco provoca esta situación el coste del precio del trabajo, ni la productividad. Por ejemplo, si nos comparamos con Alemania, motor de la economía europea, podemos observar que el coste laboral por hora trabajada es superior en Alemania que en España. El coste laboral por hora trabajada en euros, comparando los costes medios por hora de trabajo, definidos como los costes laborales totales divididos por el número correspondiente de horas trabajadas. (Datos Eurostat, 2007): en España el coste fue de 16,39 ?. En Alemania fue de 27,80 ?. El índice de productividad laboral por persona empleada en España es del 110,3 y en Alemania es del 106,1 (Datos Eurostat, 2010), lo cual nos indica que en España la productividad por persona empleada es superior a la de Alemania.

Sin embargo, el mercado laboral español prefiere acudir a la masiva contratación temporal y al ajuste extintivo antes que a adoptar medidas que permitieran mantener el empleo. Y no sólo quiere un mercado laboral flexible; la flexibilidad llega al propio trabajador. Se quiere un empleado "flexible", capaz de aceptar condiciones de trabajo que en otras circunstancias no toleraría.

Conclusión

A mi juicio, es preciso un cambio en el modelo productivo, con el desarrollo, desde la Administración, de una auténtica política industrial con medidas de índole fiscal y financiera y de decidido impulso a los sectores emergentes. La crisis económica podría significar una oportunidad para remover los cimientos de una economía especulativa, reincorporando el valor del trabajo en el modelo productivo, a través de un cambio de mentalidad que nos lleve hacia una concepción social del trabajo, donde se supere la arraigada cultura empresarial de acudir a la contratación temporal para cubrir puestos de trabajo de naturaleza permanente, donde el contrato indefinido sea el modelo estándar, donde se incremente la inversión en formación, investigación, desarrollo tecnológico e innovación que permita la fabricación y comercialización de productos de mayor valor añadido, con trabajadores más vinculados y comprometidos con la empresa, y con empresas capaces de absorber mano de obra cada vez más cualificada, donde los empresarios, socialmente comprometidos, no acudan a relocalizar todo o parte del aparato productivo fuera del país y no se reconviertan en simples comercializadores de lo que otros producen en países con menores costes, lo que provoca un empobrecimiento de parte de nuestra sociedad. Y que todos respeten las reglas del juego. Es necesario, de una vez por todas, acabar con la economía sumergida, pues ésta no sólo crea trabajadores de segunda o incluso tercera clase, sino que es una fuente de evasión fiscal y una competencia desleal para aquéllas empresas que sí cumplen.

(*) Es abogado del Gabinete Jurídico de CCOO en Elche

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