Al hilo de la crisis económica se oyen voces que insisten en la
necesidad de una nueva reforma laboral, voces que se oyen en tono más elevado
con ocasión de la convocatoria de elecciones generales. Se reclama un apoyo a
"la empresa" y a la actividad empresarial y se incide en que es
preciso flexibilizar la "salida" de los trabajadores de la empresa,
atacando aquellos puntos de la normativa que según esas opiniones protegen al
trabajador frente al despido, cuando no de forma directa se pide el
abaratamiento del despido. También se reclama un "abaratamiento" de
los costes laborales, haciendo hincapié en los costes de seguridad social y
salariales, reclamando esfuerzos y renuncias a los trabajadores, según se dice,
a cambio de mantener el empleo.
Ante estas voces es preciso, en primer lugar, llamar la atención acerca de un
hecho que no debe pasar desapercibido: no nos encontramos ante una crisis
producida por la regulación laboral, sino que el origen de la crisis es
financiera, por unas prácticas especulativas incontroladas que se siguen
produciendo y que han dado lugar a una restricción del crédito derivada del
colapso del sistema financiero, que provoca, además, una caída del consumo y
una reducción de las inversiones públicas pues la Administración ha de destinar
gran cantidad de fondos para paliar la crisis bancaria, a la vez que ha de
reducir el déficit público en un momento en el que la financiación de éste se
hace cada vez más costosa por la especulación de los llamados
"mercados".
Con una regulación laboral más rígida que la que ahora tenemos, tras la última
reforma, hemos vivido épocas de expansión económica (1996-2007), en las que se
llegó a hablar de que España viajaba hacia el pleno empleo. No es creible que
se diga ahora que es esta regulación la que ha provocado la crisis, cuando
observamos que la crisis afecta a multitud de estados, con regulaciones
laborales muy diferentes.
En segundo lugar, se hace necesario romper un mito: en España el despido es muy
barato; no es cierto que haya necesidad de abaratar el despido, a no ser que lo
que queramos es ir a un despido libre y gratuito. Una reflexión: ¿quién puede
decir que existe rigidez en un mercado laboral que es capaz de elevar su tasa
de desempleo del 10% al 20% en escasamente tres años de crisis?
En España, el 98 % de las empresas tienen menos de 25 trabajadores. Éstas
pueden, y ya podían antes de la reforma laboral operada por el RDL 10/2.010,
despedir a sus trabajadores a través de la alegación de causas objetivas, es
decir, económicas, técnicas, organizativas o productivas, con un coste de 12
días por año de servicio, pues el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL abona en estos
casos 8 días por año. A partir de la citada norma se generaliza el contrato de
trabajo fijo cuya indemnización en caso de despido objetivo, de 20 días por
año, es "copagada", a razón de 12 días por el empresario y los
indicados 8 por el FOGASA; por tanto, se paga una parte con recursos públicos.
A esto se une el hecho de que se ha ampliado enormemente, a través de dicha
reforma laboral, la posibilidad de alegar causas objetivas: la simple
existencia de pérdidas se configura como causa automática de despido por causas
económicas; y se justifica el despido por causas técnicas, organizativas o
productivas cuando el mismo consiga una "mejora" de la empresa,
aunque ésta ni siquiera tenga pérdidas. Y lo que es más grave: se introduce el
"despido preventivo": se admite el despido objetivo, aunque la
empresa no tenga ningún problema real, basta que el empresario invoque que el
despido puede servir para evitar problemas futuros. También se prevé el despido
objetivo por absentismo.
Ni que decir tiene que nuestro ordenamiento jurídico laboral contempla, como no
podía ser de otra manera, el despido disciplinario procedente, que extingue el
contrato de trabajo sin derecho a indemnización alguna.
Lo que me parece injustificable es que se reclame el abaratamiento del despido
cuando el empresario no tiene motivo alguno para despedir; es decir, cuando lo
único que concurre es la simple voluntad de deshacerse de un trabajador por
razones personales o por razones de coste, para sustituir ciertos trabajadores
por otros más baratos. El despido sin causa se ha de indemnizar a razón de 45
días por año, pero el mantenimiento de este importe indemnizatorio ha de
contemplarse como un límite a la arbitrariedad y como una garantía,
precisamente, de la estabilidad en el empleo, desde una perspectiva de un derecho
del trabajo más humano, pues no hay que perder de vista que el trabajo es un
derecho reconocido como tal por la Constitución.
No son necesarias nuevas reformas laborales
Aquellas voces de las que hablaba al principio plantean nuevas reformas
laborales en clave de seria regresión de los derechos de los trabajadores que,
en el fondo, no significa otra cosa que un trasvase de rentas de trabajo a
beneficio empresarial. ¿Sabe usted que los empresarios declaran por término
medio unos ingresos de 900 € mensuales? Resulta que son los auténticos mileuristas.
Sus empleados ganan más que ellos, por lo menos pagan muchos más impuestos.
"Hay que trabajar más y ganar menos", nos dijo Díaz Ferrán. Rosell y
su segundo, Arturo Fernández, exigen "la no satanización de la salida
laboral" porque "cuanto más fácil sea la salida, más fácil será la
entrada y la creación de empleo". El otro día, en televisión, un
empresario manifestaba a Jordi Évole que "el rico crea riqueza y trabajo
porque necesita que alguien limpie el casco de su yate". La CEOE acaba de
presentar su programa económico de cara a las elecciones del 20N, que de
llevarse a cabo nos retrotraería al sigo XIX: puro neoliberalismo, utilizando
la crisis como argumento.
Sufrimos un mercado de trabajo caracterizado por una elevadísima tasa de
desempleo y temporalidad, en la que una buena parte de los empleos fijos no se
cubren con contratos fijos, sino mediante la rotación de contratos temporales,
con la consiguiente rotación de trabajadores para el mismo puesto, lo que hace
que se fomente la desvinculación con la empresa, no se invierta en formación,
se crean trabajadores precarios, sin confianza en el futuro, incapaces de
comprometer gasto que reactive la economía y se recarga el coste de la
protección social, con continuas rotaciones en la percepción de prestaciones
por desempleo.
Y, como antes he razonado, no es el coste de "salida" lo que provoca
esta situación, pues, al contrario de lo que ha pasado en países como en
Alemania, donde apenas se ha incrementado el desempleo por efecto de la crisis
económica, con tasas que han permanecido en torno al 8,5 %; la crisis en España
se ha saldado con un desproporcionado incremento de las tasas de desempleo, lo
que pone de manifiesto la facilidad de "salida" del trabajador de la
empresa, en detrimento de la adopción de medidas por parte del empresario, de
adaptación y conservación del empleo, medidas que con profusión contempla
nuestra normativa laboral y que si fueron adoptadas en Alemania.
Tampoco provoca esta situación el coste del precio del trabajo, ni la productividad.
Por ejemplo, si nos comparamos con Alemania, motor de la economía europea,
podemos observar que el coste laboral por hora trabajada es superior en
Alemania que en España. El coste laboral por hora trabajada en euros,
comparando los costes medios por hora de trabajo, definidos como los costes
laborales totales divididos por el número correspondiente de horas trabajadas.
(Datos Eurostat, 2007): en España el coste fue de 16,39 ?. En Alemania fue de
27,80 ?. El índice de productividad laboral por persona empleada en España es
del 110,3 y en Alemania es del 106,1 (Datos Eurostat, 2010), lo cual nos indica
que en España la productividad por persona empleada es superior a la de
Alemania.
Sin embargo, el mercado laboral español prefiere acudir a la masiva contratación
temporal y al ajuste extintivo antes que a adoptar medidas que permitieran
mantener el empleo. Y no sólo quiere un mercado laboral flexible; la
flexibilidad llega al propio trabajador. Se quiere un empleado
"flexible", capaz de aceptar condiciones de trabajo que en otras
circunstancias no toleraría.
Conclusión
A mi juicio, es preciso un cambio en el modelo productivo, con el desarrollo,
desde la Administración, de una auténtica política industrial con medidas de
índole fiscal y financiera y de decidido impulso a los sectores emergentes. La
crisis económica podría significar una oportunidad para remover los cimientos
de una economía especulativa, reincorporando el valor del trabajo en el modelo
productivo, a través de un cambio de mentalidad que nos lleve hacia una
concepción social del trabajo, donde se supere la arraigada cultura empresarial
de acudir a la contratación temporal para cubrir puestos de trabajo de
naturaleza permanente, donde el contrato indefinido sea el modelo estándar,
donde se incremente la inversión en formación, investigación, desarrollo
tecnológico e innovación que permita la fabricación y comercialización de
productos de mayor valor añadido, con trabajadores más vinculados y
comprometidos con la empresa, y con empresas capaces de absorber mano de obra
cada vez más cualificada, donde los empresarios, socialmente comprometidos, no
acudan a relocalizar todo o parte del aparato productivo fuera del país y no se
reconviertan en simples comercializadores de lo que otros producen en países
con menores costes, lo que provoca un empobrecimiento de parte de nuestra
sociedad. Y que todos respeten las reglas del juego. Es necesario, de una vez
por todas, acabar con la economía sumergida, pues ésta no sólo crea
trabajadores de segunda o incluso tercera clase, sino que es una fuente de
evasión fiscal y una competencia desleal para aquéllas empresas que sí cumplen.
(*) Es abogado del Gabinete Jurídico de CCOO en Elche
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