"RECHAZOS
EN FRONTERA": ¿FRONTERA SIN DERECHOS? Análisis de la disposición adicional
décima de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades
de los extranjeros en España y su integración social, introducida por la Ley
Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Este informe analiza la nueva figura
del "rechazo en frontera" (disposición adicional décima de la Ley de
Extranjería), poniendo de manifiesto que las entregas sumarias -también
conocidas como "devoluciones o expulsiones en caliente"- a las
autoridades marroquíes de ciudadanos extranjeros interceptados en el perímetro
fronterizo de Ceuta y Melilla tampoco encuentran cobertura legal en esta nueva
regulación. Para ello, se incide en la polémica manera en que ha sido tramitada
esta reforma (II); las dificultades técnicas que plantea la determinación del
ámbito de aplicación de la figura del “rechazo en frontera” (III) y los
derechos y garantías que irrenunciablemente deben respetarse en el
procedimiento de “rechazo en frontera” a la luz de la normativa constitucional,
la comunitaria, el derecho regional e internacional de los derechos humanos y,
desde luego, de la propia exigencia del apartado segundo de la disposición
adicional décima LOEx (IV).
Mas información e informe completo
en: http://eprints.ucm.es/29379/
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